Artículo Disposición adicional decimoséptimaDisposición adicional decimoséptima
Disposición adicional decimoséptima. Acreditación para la obtención del título de graduado o graduada en educación secundaria obligatoria.
Debe establecerse por reglamento el procedimiento de acreditación para obtener el título de graduado o graduada en educación secundaria obligatoria de los alumnos que constan en el registro al que se refiere el artículo 55.7.
Norma publicada: 10 de julio de 2009